GESTIÓN CONCERTADA O INDIRECTA DE LAS
INSTALACIONES DEPORTIVAS PÚBLICAS
Los políticos elegidos
por los ciudadanos deberían tener como MISIÓN principal, hacer que se den los
servicios necesarios, con la calidad adecuada, al menor coste para el
contribuyente y menor precio para el usuario.
Esto
que debería ser como la primera regla de un manual de gestión pública, no es
considerado por la mayoría de los políticos que nos gobiernan, especialmente en
lo que a la gestión de instalaciones deportivas públicas se refiere.
La
mayor parte de los políticos llegan poniendo su ideología política, Mal
entendida, por encima de todo, cueste lo que cueste y eso no debe ser así. El
cerebro está para pensar, y muchos de éstos políticos, cuando se les da un
cargo dejan de hacerlo, solo tratan de complacer a la demagogia de sus jefes.
LA
FÓRMULA ES MUY FACIL Y VALE PARA TODOS: Los servicios, en este caso físico
deportivos, deben ser asequibles a todos los ciudadanos a precios muy
razonables, incluso gratuitos para las personas sin ningún nivel de ingresos o
con riesgo de exclusión social. Pues bien, la fórmula mágica es la: GESTIÓN INDIRECTA O CONCERTADA DE LOS
SERVICIOS PUBLICOS. Estamos refiriéndonos exclusivamente a la GESTIÖN, ya que
la TITULARIDAD siempre será PÚBLICA.
Con la Gestión
indirecta de los servicios públicos, “TODOS GANAN”: Las Administraciones Públicas
(ayuntamientos, comunidades autónomas, etc.), porque la gestión indirecta, supone un elevado ahorro en costes a las arcas
públicas, o sea a los ciudadanos. Gracias a ese ahorro de costes, se pueden
bajar los impuestos o aumentar los servicios.
Con la Gestión
indirecta de los servicios públicos, ganan los usuarios, porque disfrutarán de
instalaciones más modernas y con un mayor abanico de servicios, pagando lo mismo
que en las instalaciones que los ayuntamiento gestiona de forma directa.
Con la Gestión
indirecta de los servicios públicos, ganan también, por supuesto, las empresas ganadoras
de los concursos públicos, mejorando su economía y pudiendo reinvertir parte de
esas ganancias en mejoras para las Instalaciones deportivas.
Ya
en el año 1974 escribía en la revista de Organización Brafa, especializada en
la actividad física y su gestión y editada en Barcelona, un artículo sobre las
ventajas que tenía la gestión de instalaciones públicas por entidades privadas.
Han pasado más de 40 años y releyendo dicho artículo veo que aún está de
actualidad.
Teóricamente,
la gestión de una instalación deportiva se podría lleva a cabo con la misma
eficacia desde un modelo de Gestión Directa, que desde otro de Gestión
Indirecta, si ambos partieran de “cero” y tuvieran a los mismos dirigentes o
gestores y los mismos medios, sin taras sindicalistas que obliguen a mantener
determinadas condiciones, en algunos casos inasumibles, y siempre con el
objetivo de dar un servicio de actividades físico deportivas de calidad. Pero
la realidad es que las empresas privadas gestionan con una mayor eficiencia,
con un control del gasto sin que disminuya la calidad en la prestación de los
servicios.
Las
Entidades públicas tienen la obligación de diseñar y prestar los servicios
físicos deportivos de calidad, con un equilibrio entre gastos e ingresos, según
la regulación de la Ley de Entidades Locales. Pero la realidad es que las
administraciones públicas parten de una posición viciada por decisiones
políticas o sindicales y mal defendidos desde el punto de vista de la gestión,
en donde el trabajador tiene gran cantidad de derechos consolidados que pueden
implicar menor motivación (desgana y falta de motivación por la mala dirección
que reciben o porque ya que queda “poco por conseguir” lo cual hace disminuir
el “sentimiento” de servicio público), y el dirigente o político de turno, no
defiende su gestión con la misma pasión que lo hace quien defiende su propio
capital, primero porque en la mayor parte de las ocasiones, no saben, ya que
han sido elegidos por el “dedazo” sin tener en cuenta el “MERITO Y CAPACIDAD”.
En segundo lugar porque juegan con dinero ajeno que en boca de algún político,
“no es de nadie” y da lo mismo como y cuanto se gaste.
Aunque
teóricamente no debiera haber diferencia entre una gestión pública y una
privada, siempre que esta se hiciera correctamente, la realidad ha demostrado
que hay notables diferencias a favor de la gestión privada, tales como:
- Menos burocratización.
- Mayor agilidad y dinamismo de
gestión
- De personal, compras,
mantenimiento, etc.
- Mayor flexibilidad en las
actuaciones.
- Mayor capacidad en los servicios.
- Mejor relación calidad / coste de los servicios.
- Mayor facilidad en investigación y marketing.
- Mayor aprovechamiento de las instalaciones.
- MENOR COSTE EN:
- Personal por encorsetamiento de la
Administración Pública con los Convenios Laborales (Horarios,
flexibilidad de la plantilla, polivalencia, incentivos, sueldos, etc.,
pero sobre todo en la GESTIÓN DEL ABSENTISMO)
- Adquisición de bienes por mayor posibilidad de
negociación de precios y pagos.
- Gastos corrientes por mejor administración.
La Concertación de la Gestión de un
Centro Deportivo, puede abarcar a diferentes áreas o a todos sus sectores y
servicios. Entre estas áreas destacamos:
- Bares, cafeterías y restaurantes.
- Mantenimiento y limpieza de la instalación.
- Mantenimiento y limpieza de piscinas.
- Mantenimiento y conservación de maquinaria
- Actividades dirigidas .
- Otros servicios:
- Alquileres, cesiones, usos libres, etc.
- Gestión administrativa.
Las
entidades públicas no tienen que tener miedo a la Gestión Concertada o Indirecta
de instalaciones deportivas públicas ya que EL CONTROL SIEMPRE LO DEBE TENER
EL ORGANISMO PÚBLICO. Este control lo debe realizar y formalizar a través
de un pliego de condiciones en el que
queden claros todos los aspectos y naturaleza del contrato, creando una
comisión de seguimiento que permanentemente controle los aspectos más importantes
de la prestación de los servicios y la gestión de las instalaciones.
GESTIÓN
DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE UN AYUNTAMIENTO CON GRAN NÚMERO DE
INSTALACIONES DEPORTIVAS.
Los
ayuntamientos con gran número de instalaciones deportivas gestionadas de forma
directa, e incluso ayuntamientos pequeños con pocas instalaciones, se han
metido en una gran espiral en de la que incluso insuflando mucho dinero no
podrán salir, a no ser que cambien su modelo de gestión de forma paulatina, en
la que no se dañe a los trabajadores que tienen en la actualidad pero
externalizando todo lo que se pueda.
La
gestión concertada de las instalaciones deportivas permitiría a los
ayuntamientos mejorar el equilibrio de la relación gastos / ingresos y además
tendría ventajas económicas y socio-deportivas, en el que a priori se
ganaría:
Agilidad
en la gestión personal:
- Mayor facilidad para motivar e
incentivar al personal
- Mayor polivalencia de
trabajadores.
- Mayor flexibilidad horaria en
la contratación del personal.
- Menos burocratización en los
contratos, premios y sanciones.
- Mayor control y reducción del
absentismo.
- Más posibilidades de inversión
en nuevas instalaciones deportivas o mejora de las actuales
- Etc.
Agilidad
en la conservación y mantenimiento de la instalación:
·
Al
no tener que depender de partidas presupuestarias, ni de trámites
administrativos de larga duración, en el momento de producirse cualquier
imprevisto, éste se pueda solucionar de inmediato, contratando incluso a
empresas especializadas.
Costes:
·
La
empresa pública tendrá que dedicar un presupuesto mayor que la empresa privada,
sobre todo en recursos humanos, debido a que ésta podrá gestionar con menos
empleados, con mayor polivalencia tanto en funciones como en la flexibilidad
horaria, sueldos, formación, etc. través de la negociación, e incentivando a
los empleados para reducir consumos.
Prestación
de servicios:
·
Una
empresa privada dispone de una mayor polivalencia en las funciones del
personal, más flexibilidad en los horarios de entrada y salida, lo que implica
facilidad para ampliar el abanico horario de servicios al poder adelantar y
atrasar los horarios de apertura y cierre de las instalaciones deportivas
adaptándose a las necesidades de los usuarios.
- Mayor
rapidez en la sustitución de profesorado, técnicos deportivos vigilantes u
otro personal en caso de bajas u otras incidencias, obteniendo por lo
tanto mejor calidad en los servicios.
- Aumento
del número y del tipo de servicios sin perder calidad en su desarrollo.
- Mayor
creatividad y capacidad en el aprovechamiento de las instalaciones deportivas.
- Reflejos
más rápidos, en el momento de arreglo de averías y mantenimiento de las
instalaciones o cambios de servicios.
·
También
la empresa concesionaria puede emplear fórmulas de marketing y realizar estudios de mercado para conseguir
tener unos usuarios más informados, servicios más utilizados, y una mejor distribución horaria y por lo tanto un
mayor rendimiento social de los Centros Deportivos.
·
La
empresa privada tiene mayor posibilidad de investigación de nuevos servicios y
materiales, así como mayor agilidad para su puesta en práctica.
- La
empresa privada puede realizar una oferta mayor con el mismo o menor
esfuerzo presupuestario que la pública, lo cual supone un ahorro en gastos
de gestión de personal, mejorando relación calidad / coste.
FORMULAS
DE EXTERNALIZACIÓN:
La
externalización de la gestión de las instalaciones deportivas de los
ayuntamientos, se puede realizar por:
a) MODULOS O “lotes”:
En este
tipo de “modelo”, se gestiona de forma directa por el ayuntamiento y tan solo
se externalizan algunos servicios, tales como los deportivos, de mantenimiento
de zonas verdes, etc.
Esta es
una fórmula parecida a la que actualmente sigue en muchos ayuntamientos, en la
que hay algunos servicios que están externalizados tales como las cafeterías,
conservación de la maquinaria, climatización, zonas verdes. etc.
Los
módulos o lotes que se podrían externalizar son:
- Bares, cafeterías y restaurantes.
- Mantenimiento y limpieza de la instalación.
- Mantenimiento y limpieza de piscinas.
- Mantenimiento y conservación de maquinaria
- Actividades dirigidas.
- Otros servicios:
- Alquileres, cesiones, usos libres, etc.
- Gestión administrativa.
- Seguridad y Vigilancia
b)
GESTIÓN
CONCERTADA DE TODA LA INSTALACIÓN
Otro
modelo es una Gestión Indirecta, externalizando completamente la gestión de la
instalación mediante concierto con una sola empresa o entidad.
Con esta
fórmula el ayuntamiento se desentendería de todos los problemas propios
de la gestión directa, teniendo un solo interlocutor con el que entenderse y
controlar.
El
control se efectuaría al igual que en todas las fórmulas de externalización, a
través del cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El
seguimiento del cumplimento del concierto lo podría efectuar a través de una
“Comisión de Seguimiento” (que de verdad funcione)
Previamente
se deberá realizar un estudio de explotación o económico, con el que medir la
cantidad a subvencionar o el canon a recibir.
c) FORMULA MIXTA “A”
Una
fórmula mixta, en la que la Administración Pública se reservaría la Dirección,
el control de la instalación, la gestión administrativa, El control de la
información y atención a los ciudadanos y control de la recaudación.
El resto
de los servicios detallados en la primera fórmula se externalizarían,
recomendando que todos fueran en un solo lote, con el fin de facilitar las
relaciones empresariales y el control de la gestión.
Con esta
fórmula, al igual que la anterior, el ayuntamiento se desentendería de
la mayoría de los problemas propios de la gestión directa, teniendo un solo
interlocutor con el que entenderse y al que controlar.
El
control se efectuaría al igual que en todas las fórmulas de externalización, a
través del cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El seguimiento del cumplimento del concierto lo efectuaría la Dirección General
de Deportes.
Al igual
que en las fórmulas anteriores, previamente se deberá realizar un estudio de
explotación o económico, con el que medir el pago de los servicios a la empresa
contratada.
d) FORMULA MIXTA “B”
En esta
propuesta la dirección, el control de la instalación, gestión
administrativa, la información y la recaudación sería municipal. Esta fórmula
es parecida a la expresada en el punto a), con la diferencia de que:
·
El
ayuntamiento, tendría en la Instalación un Director y personal administrativo
para las funciones indicadas anteriormente.
·
El
resto de los servicios de todas las instalaciones que se sacarán a gestión
externalizada serían bien por lotes para cada instalación o por tipo de
servicio o especialidad.
Esta
fórmula necesitaría una mayor intervención del Director de la instalación, ya
que debería relacionarse con los responsables de las empresas de cada
“especialización”.
El
seguimiento y control de todos los contratos de servicios se podría realizar
desde un Órgano Centralizado y especializado..
e) PROYECTO, CONSTRUCCIÓN Y GESTIÓN
Desde
hace unos años se están imponiendo otras fórmulas o acuerdos de gestión
indirecta en las que los ayuntamientos o entidades públicas ponen el suelo y
las empresas privadas construyen y gestionan durante un número elevado de años
(entre 20 y 40, es lo mas corriente).
PLIEGOS
DE CLAUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:
La
determinación de la gestión, el tipo y numero de servicios a realizar,
horarios, etc., deberá quedar reflejada en los Pliegos correspondientes, así
como la relación profesional y de coordinación entre la parte municipal y la
privada, para lo cual la empresa deberá nombrar a un responsable general que se
entienda y de cuentas al responsable que nombre la Administración. Los Pliegos
formarán siempre parte del contrato que se suscriba.
A
través del pliego de las Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas
se deben establecer una serie de cláusulas para que el ayuntamiento
pueda tener un continuo control de los servicios que se prestan en la
instalación, la calidad de los mismos y el estado de las instalaciones.
También
se debe establecer:
- La relación profesional entre
el personal municipal y el de la empresa concesionaria. Esta relación solo
deberá existir a través de los responsables nombrados por el ayuntamiento
y la empresa concesionaria
- Una serie de penalizaciones por
incumplimientos, que serían deducidas de la subvención que el Ayuntamiento
tenga que aportar o se incrementaría al canon que la empresa tenga que
pagar.
El
pago que el ayuntamiento debe realizar por cada servicio, módulo o lote, se
valorará basándose en los costes que producen y constituirá la base de
licitación.
Para
facilitar la viabilidad del proyecto, se deberá establecer un sistema de pago
periódico a mes o trimestre vencido a la empresa concertada, en el caso de que
la recaudación la efectúe el ayuntamiento.
Los
precios de los servicios serán los que figuran en la Ordenanza reguladora de
tasas.
La inclusión de estos
modelos de externalización de los servicios en la gestión de las Instalaciones
Deportivas Municipales, ayuda a enriquecer las estructuras, con nuevas
propuestas en la gestión y en la prestación de servicios, al considerar que las
empresas privadas son órganos mas vivos y dinámicos, con mayor agilidad en la
investigación y gestión.
PLAN DE EXPLOTACIÓN
Para
conocer los costes de cada servicio, y poder determinar el canon o subvención
que debe salir en el Pliego de Condiciones, a partir de la cual podrán pujar
las distintas empresas interesadas en la gestión de los servicios o
instalaciones ofertadas, la Administración Pública deberá hacer un Plan de Explotación o estudio de costes
de los servicios que se quieren licitar.
CONTROL DE GESTIÓN Y
DE CALIDAD
Insisto
en que las entidades públicas no tienen que tener miedo a la Gestión Concertada
o Indirecta de instalaciones deportivas públicas ya que EL CONTROL
SIEMPRE LO DEBE TENER EL ORGANISMO PÚBLICO.
Las
claves para el perfecto funcionamiento de los servicios públicos gestionados de
forma indirecta está a través de un pliego de condiciones en el que queden claros todos los aspectos y
naturaleza del contrato, creando Departamento o Comisión de seguimiento con
personal especializado municipal, que permanentemente controle los aspectos más
importantes de la prestación de los servicios y la gestión de las instalaciones
con la calidad determinada claramente en los Pliegos.
Fdo
Pablo Sánchez Bujan
Licenciado en Educación Física
Master en Dirección y Administración
de Empresas
Especialista en Gestión Pública
Local
Madrid,
abril 2019