martes, 16 de julio de 2019


GESTIÓN CONCERTADA O INDIRECTA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS PÚBLICAS

Los políticos elegidos por los ciudadanos deberían tener como MISIÓN principal, hacer que se den los servicios necesarios, con la calidad adecuada, al menor coste para el contribuyente y menor precio para el usuario.

Esto que debería ser como la primera regla de un manual de gestión pública, no es considerado por la mayoría de los políticos que nos gobiernan, especialmente en lo que a la gestión de instalaciones deportivas públicas se refiere.

La mayor parte de los políticos llegan poniendo su ideología política, Mal entendida, por encima de todo, cueste lo que cueste y eso no debe ser así. El cerebro está para pensar, y muchos de éstos políticos, cuando se les da un cargo dejan de hacerlo, solo tratan de complacer a la demagogia de sus jefes.

LA FÓRMULA ES MUY FACIL Y VALE PARA TODOS: Los servicios, en este caso físico deportivos, deben ser asequibles a todos los ciudadanos a precios muy razonables, incluso gratuitos para las personas sin ningún nivel de ingresos o con riesgo de exclusión social. Pues bien, la fórmula mágica es la: GESTIÓN INDIRECTA O CONCERTADA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS. Estamos refiriéndonos exclusivamente a la GESTIÖN, ya que la TITULARIDAD siempre será PÚBLICA.

Con la Gestión indirecta de los servicios públicos, “TODOS GANAN”: Las Administraciones Públicas (ayuntamientos, comunidades autónomas, etc.), porque la gestión indirecta, supone un elevado ahorro en costes a las arcas públicas, o sea a los ciudadanos. Gracias a ese ahorro de costes, se pueden bajar los impuestos o aumentar los servicios.
Con la Gestión indirecta de los servicios públicos, ganan los usuarios, porque disfrutarán de instalaciones más modernas y con un mayor abanico de servicios, pagando lo mismo que en las instalaciones que los ayuntamiento gestiona de forma directa.
Con la Gestión indirecta de los servicios públicos, ganan también, por supuesto, las empresas ganadoras de los concursos públicos, mejorando su economía y pudiendo reinvertir parte de esas ganancias en mejoras para las Instalaciones deportivas.

Ya en el año 1974 escribía en la revista de Organización Brafa, especializada en la actividad física y su gestión y editada en Barcelona, un artículo sobre las ventajas que tenía la gestión de instalaciones públicas por entidades privadas. Han pasado más de 40 años y releyendo dicho artículo veo que aún está de actualidad.

Teóricamente, la gestión de una instalación deportiva se podría lleva a cabo con la misma eficacia desde un modelo de Gestión Directa, que desde otro de Gestión Indirecta, si ambos partieran de “cero” y tuvieran a los mismos dirigentes o gestores y los mismos medios, sin taras sindicalistas que obliguen a mantener determinadas condiciones, en algunos casos inasumibles, y siempre con el objetivo de dar un servicio de actividades físico deportivas de calidad. Pero la realidad es que las empresas privadas gestionan con una mayor eficiencia, con un control del gasto sin que disminuya la calidad en la prestación de los servicios.

Las Entidades públicas tienen la obligación de diseñar y prestar los servicios físicos deportivos de calidad, con un equilibrio entre gastos e ingresos, según la regulación de la Ley de Entidades Locales. Pero la realidad es que las administraciones públicas parten de una posición viciada por decisiones políticas o sindicales y mal defendidos desde el punto de vista de la gestión, en donde el trabajador tiene gran cantidad de derechos consolidados que pueden implicar menor motivación (desgana y falta de motivación por la mala dirección que reciben o porque ya que queda “poco por conseguir” lo cual hace disminuir el “sentimiento” de servicio público), y el dirigente o político de turno, no defiende su gestión con la misma pasión que lo hace quien defiende su propio capital, primero porque en la mayor parte de las ocasiones, no saben, ya que han sido elegidos por el “dedazo” sin tener en cuenta el “MERITO Y CAPACIDAD”. En segundo lugar porque juegan con dinero ajeno que en boca de algún político, “no es de nadie” y da lo mismo como y cuanto se gaste.

Aunque teóricamente no debiera haber diferencia entre una gestión pública y una privada, siempre que esta se hiciera correctamente, la realidad ha demostrado que hay notables diferencias a favor de la gestión privada, tales como:

  • Menos burocratización.
  • Mayor agilidad y dinamismo de gestión
  • De personal, compras, mantenimiento, etc.
  • Mayor flexibilidad en las actuaciones.
  • Mayor capacidad en los servicios.
  • Mejor relación calidad / coste de los servicios.
  • Mayor facilidad en investigación y marketing.
  • Mayor aprovechamiento de las instalaciones.
  • MENOR COSTE EN:
    • Personal por encorsetamiento de la Administración Pública con los Convenios Laborales (Horarios, flexibilidad de la plantilla, polivalencia, incentivos, sueldos, etc., pero sobre todo en la GESTIÓN DEL ABSENTISMO)
    • Adquisición de bienes por mayor posibilidad de negociación de precios y pagos.
    • Gastos corrientes por mejor administración.

La Concertación de la Gestión de un Centro Deportivo, puede abarcar a diferentes áreas o a todos sus sectores y servicios. Entre estas áreas destacamos:
  • Bares, cafeterías y restaurantes.
  • Mantenimiento y limpieza de la instalación.
  • Mantenimiento y limpieza de piscinas.
  • Mantenimiento y conservación de maquinaria
  • Actividades dirigidas .
  • Otros servicios:
    • Alquileres, cesiones, usos libres, etc.
    • Gestión administrativa.

Las entidades públicas no tienen que tener miedo a la Gestión Concertada o Indirecta de instalaciones deportivas públicas ya que EL CONTROL SIEMPRE LO DEBE TENER EL ORGANISMO PÚBLICO. Este control lo debe realizar y formalizar a través de un pliego de condiciones en el  que queden claros todos los aspectos y naturaleza del contrato, creando una comisión de seguimiento que permanentemente controle los aspectos más importantes de la prestación de los servicios y la gestión de las instalaciones.

GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE UN AYUNTAMIENTO CON GRAN NÚMERO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS.

Los ayuntamientos con gran número de instalaciones deportivas gestionadas de forma directa, e incluso ayuntamientos pequeños con pocas instalaciones, se han metido en una gran espiral en de la que incluso insuflando mucho dinero no podrán salir, a no ser que cambien su modelo de gestión de forma paulatina, en la que no se dañe a los trabajadores que tienen en la actualidad pero externalizando todo lo que se pueda.

La gestión concertada de las instalaciones deportivas permitiría a los ayuntamientos mejorar el equilibrio de la relación gastos / ingresos y además tendría ventajas económicas y socio-deportivas, en el que a priori se ganaría:

Agilidad en la gestión personal:
  • Mayor facilidad para motivar e incentivar al personal
  • Mayor polivalencia de trabajadores.
  • Mayor flexibilidad horaria en la contratación del personal.
  • Menos burocratización en los contratos, premios y sanciones.
  • Mayor control y reducción del absentismo.
  • Más posibilidades de inversión en nuevas instalaciones deportivas o mejora de las actuales
  • Etc.

Agilidad en la conservación y mantenimiento de la instalación:
·         Al no tener que depender de partidas presupuestarias, ni de trámites administrativos de larga duración, en el momento de producirse cualquier imprevisto, éste se pueda solucionar de inmediato, contratando incluso a empresas especializadas.

Costes:
·         La empresa pública tendrá que dedicar un presupuesto mayor que la empresa privada, sobre todo en recursos humanos, debido a que ésta podrá gestionar con menos empleados, con mayor polivalencia tanto en funciones como en la flexibilidad horaria, sueldos, formación, etc. través de la negociación, e incentivando a los empleados para reducir consumos.

Prestación de servicios:
·         Una empresa privada dispone de una mayor polivalencia en las funciones del personal, más flexibilidad en los horarios de entrada y salida, lo que implica facilidad para ampliar el abanico horario de servicios al poder adelantar y atrasar los horarios de apertura y cierre de las instalaciones deportivas adaptándose a las necesidades de los usuarios.
  • Mayor rapidez en la sustitución de profesorado, técnicos deportivos vigilantes u otro personal en caso de bajas u otras incidencias, obteniendo por lo tanto mejor calidad en los servicios.
  • Aumento del número y del tipo de servicios sin perder calidad en su desarrollo.
  • Mayor creatividad y capacidad en el aprovechamiento de las instalaciones deportivas.
  • Reflejos más rápidos, en el momento de arreglo de averías y mantenimiento de las instalaciones o cambios de servicios.
·         También la empresa concesionaria puede emplear fórmulas de marketing  y realizar estudios de mercado para conseguir tener unos usuarios más informados, servicios más utilizados, y una  mejor distribución horaria y por lo tanto un mayor rendimiento social de los Centros Deportivos.
·         La empresa privada tiene mayor posibilidad de investigación de nuevos servicios y materiales, así como mayor agilidad para su puesta en práctica.
  • La empresa privada puede realizar una oferta mayor con el mismo o menor esfuerzo presupuestario que la pública, lo cual supone un ahorro en gastos de gestión de personal, mejorando relación calidad / coste.

FORMULAS DE EXTERNALIZACIÓN:

La externalización de la gestión de las instalaciones deportivas de los ayuntamientos, se puede realizar por:

a)      MODULOS O “lotes”:
En este tipo de “modelo”, se gestiona de forma directa por el ayuntamiento y tan solo se externalizan algunos servicios, tales como los deportivos, de mantenimiento de zonas verdes, etc.
Esta es una fórmula parecida a la que actualmente sigue en muchos ayuntamientos, en la que hay algunos servicios que están externalizados tales como las cafeterías, conservación de la maquinaria, climatización, zonas verdes. etc.
Los módulos o lotes que se podrían externalizar son:
  • Bares, cafeterías y restaurantes.
  • Mantenimiento y limpieza de la instalación.
  • Mantenimiento y limpieza de piscinas.
  • Mantenimiento y conservación de maquinaria
  • Actividades dirigidas.
  • Otros servicios:
    • Alquileres, cesiones, usos libres, etc.
  • Gestión administrativa.
  • Seguridad y Vigilancia

b)     GESTIÓN CONCERTADA DE TODA LA INSTALACIÓN
Otro modelo es una Gestión Indirecta, externalizando completamente la gestión de la instalación mediante concierto con una sola empresa o entidad.
Con esta fórmula el ayuntamiento se desentendería de todos los problemas propios de la gestión directa, teniendo un solo interlocutor con el que entenderse y controlar.
El control se efectuaría al igual que en todas las fórmulas de externalización, a través del cumplimiento de lo establecido en el Pliego de  Prescripciones Técnicas.
El seguimiento del cumplimento del concierto lo podría efectuar a través de una “Comisión de Seguimiento” (que de verdad funcione)
 Previamente se deberá realizar un estudio de explotación o económico, con el que medir la cantidad a subvencionar o el canon a recibir.

c)      FORMULA MIXTA “A”
Una fórmula mixta, en la que la Administración Pública se reservaría la Dirección, el control de la instalación, la gestión administrativa, El control de la información y atención a los ciudadanos y control de la recaudación.
El resto de los servicios detallados en la primera fórmula se externalizarían, recomendando que todos fueran en un solo lote, con el fin de facilitar las relaciones empresariales y el control de la gestión.
Con esta fórmula, al igual que la anterior, el ayuntamiento se desentendería de la mayoría de los problemas propios de la gestión directa, teniendo un solo interlocutor con el que entenderse y al que controlar.
El control se efectuaría al igual que en todas las fórmulas de externalización, a través del cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El seguimiento del cumplimento del concierto lo efectuaría la Dirección General de Deportes.
Al igual que en las fórmulas anteriores, previamente se deberá realizar un estudio de explotación o económico, con el que medir el pago de los servicios a la empresa contratada.

d)     FORMULA MIXTA “B”
En esta propuesta la dirección, el control de la instalación, gestión administrativa, la información y la recaudación sería municipal. Esta fórmula es parecida a la expresada en el punto a), con la diferencia de que:
·         El ayuntamiento, tendría en la Instalación un Director y personal administrativo para las funciones indicadas anteriormente.
·         El resto de los servicios de todas las instalaciones que se sacarán a gestión externalizada serían bien por lotes para cada instalación o por tipo de servicio o especialidad.
Esta fórmula necesitaría una mayor intervención del Director de la instalación, ya que debería relacionarse con los responsables de las empresas de cada “especialización”.
El seguimiento y control de todos los contratos de servicios se podría realizar desde un Órgano Centralizado y especializado..

e)      PROYECTO, CONSTRUCCIÓN Y GESTIÓN
Desde hace unos años se están imponiendo otras fórmulas o acuerdos de gestión indirecta en las que los ayuntamientos o entidades públicas ponen el suelo y las empresas privadas construyen y gestionan durante un número elevado de años (entre 20 y 40, es lo mas corriente).

PLIEGOS DE CLAUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:

La determinación de la gestión, el tipo y numero de servicios a realizar, horarios, etc., deberá quedar reflejada en los Pliegos correspondientes, así como la relación profesional y de coordinación entre la parte municipal y la privada, para lo cual la empresa deberá nombrar a un responsable general que se entienda y de cuentas al responsable que nombre la Administración. Los Pliegos formarán siempre parte del contrato que se suscriba.
A través del pliego de las Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas se deben establecer una serie de cláusulas para que el ayuntamiento pueda tener un continuo control de los servicios que se prestan en la instalación, la calidad de los mismos y el estado de las instalaciones.
También se debe establecer:
  • La relación profesional entre el personal municipal y el de la empresa concesionaria. Esta relación solo deberá existir a través de los responsables nombrados por el ayuntamiento y la empresa concesionaria
  • Una serie de penalizaciones por incumplimientos, que serían deducidas de la subvención que el Ayuntamiento tenga que aportar o se incrementaría al canon que la empresa tenga que pagar.
El pago que el ayuntamiento debe realizar por cada servicio, módulo o lote, se valorará basándose en los costes que producen y constituirá la base de licitación.
Para facilitar la viabilidad del proyecto, se deberá establecer un sistema de pago periódico a mes o trimestre vencido a la empresa concertada, en el caso de que la recaudación la efectúe el ayuntamiento.
Los precios de los servicios serán los que figuran en la Ordenanza reguladora de tasas.

La inclusión de estos modelos de externalización de los servicios en la gestión de las Instalaciones Deportivas Municipales, ayuda a enriquecer las estructuras, con nuevas propuestas en la gestión y en la prestación de servicios, al considerar que las empresas privadas son órganos mas vivos y dinámicos, con mayor agilidad en la investigación y gestión.

 

PLAN DE EXPLOTACIÓN


Para conocer los costes de cada servicio, y poder determinar el canon o subvención que debe salir en el Pliego de Condiciones, a partir de la cual podrán pujar las distintas empresas interesadas en la gestión de los servicios o instalaciones ofertadas, la Administración Pública deberá hacer un Plan de Explotación o estudio de costes de los servicios que se quieren licitar.

CONTROL DE GESTIÓN Y DE CALIDAD

Insisto en que las entidades públicas no tienen que tener miedo a la Gestión Concertada o Indirecta de instalaciones deportivas públicas ya que EL CONTROL SIEMPRE LO DEBE TENER EL ORGANISMO PÚBLICO.
Las claves para el perfecto funcionamiento de los servicios públicos gestionados de forma indirecta está a través de un pliego de condiciones en el  que queden claros todos los aspectos y naturaleza del contrato, creando Departamento o Comisión de seguimiento con personal especializado municipal, que permanentemente controle los aspectos más importantes de la prestación de los servicios y la gestión de las instalaciones con la calidad determinada claramente en los Pliegos.



                                                                       Fdo Pablo Sánchez Bujan
                                                                Licenciado en Educación Física
Master en Dirección y Administración de Empresas
Especialista en Gestión Pública Local

                                                                         Madrid, abril 2019

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